Extintor para barco: cuántos exige la ley, de qué tipo y qué pasa con la zona de navegación
En resumen: en un barco de recreo los extintores no dependen de la zona de navegación (4, 5, 6 o la que sea), sino de la eslora y de la potencia del motor. Si tu barco tiene marcado CE, manda lo que diga su manual. Cada extintor obligatorio debe tener eficacia 34B, al menos 2 kg de polvo y la certificación de equipos marinos, la de la rueda de timón: un extintor de coche no vale. Una lancha abierta de menos de 10 m con un fueraborda de 25 kW (34 CV) o menos no está obligada a llevar ninguno. Todo sale del Real Decreto 339/2021, artículo 15.
La zona de navegación no cambia los extintores
Quien busca «extintor barco zona 4» o «zona 5» suele tener la idea de que, al cambiar de zona, cambia el extintor. No es así. El Real Decreto 339/2021, que desde 2021 sustituye a la Orden FOM/1144/2003, usa la zona (art. 3: de la 1, sin límite, a la 7, aguas protegidas; la 4 llega a 12 millas de la costa, la 5 a 5 millas de un abrigo y la 6 a 2 millas) para decidir los chalecos, las balsas, las bengalas o el equipo de navegación. Para los extintores, el artículo 15 solo mira dos cosas: la eslora y la instalación propulsora.
Cuántos extintores tiene que llevar tu barco
Primero, una distinción del artículo 15:
- Barco con marcado CE (casi todos los fabricados desde finales de los noventa): lleva los extintores que diga el manual de instrucciones del fabricante. Solo si el manual no dice nada se aplican las tablas de abajo. Las autoridades pueden pedirte el manual; si no lo llevas a bordo, tienes diez días para presentarlo.
- Barco sin marcado CE y cualquier barco que se alquile o se use con fines comerciales: las tablas de abajo, como mínimo.
Según la eslora
| Eslora (L) | Extintores (eficacia mínima) |
|---|---|
| Menos de 10 m, con espacio habitable cerrado (camarote, cabina) | 1 de tipo 34B |
| Menos de 10 m, sin espacio habitable cerrado | Ninguno por eslora |
| De 10 a menos de 15 m | 1 de tipo 34B |
| De 15 a menos de 20 m | 2 de tipo 34B |
| De 20 a 24 m | 3 de tipo 34B |
Si el barco se usa con fines comerciales y mide 10 m o más, uno más de los de la tabla.
Según el motor
| Potencia instalada (P) | Extintores (eficacia mínima) |
|---|---|
| 25 kW (34 CV) o menos | 1 de tipo 34B; ninguno si es fueraborda |
| Más de 25 kW y hasta 220 kW (299 CV) | 1 de tipo 34B |
| Más de 220 kW | Los que sumen una eficacia B de P × 0,3 (con 250 kW: 75B, es decir, 3 de 34B) |
Tres matices del propio artículo:
- Con motores interiores, la cuenta se hace por cada compartimento de motores.
- Si la eslora es menor de 10 m, los extintores del motor sirven también para cumplir los de la eslora: no se suman.
- Si el compartimento del motor tiene una instalación fija de extinción que cumpla el artículo 16, basta con un extintor portátil de 34B cerca de ese compartimento.
Las potencias en CV son una conversión nuestra (1 kW = 1,36 CV) para que te orientes: la norma está en kW, y la potencia que cuenta es la de la documentación del barco.
Ejemplos
| Barco (sin marcado CE o sin nada en el manual) | Extintores |
|---|---|
| Barca abierta de 4,5 m con fueraborda de 15 CV (11 kW) | Ninguno obligatorio (recomendable llevar uno) |
| Semirrígida de 5,5 m sin cabina con fueraborda de 100 CV (74 kW) | 1 de 34B, por el motor |
| Velero de 9 m con camarote y motor interior diésel de 20 kW | 1 de 34B (el del motor cubre el de la eslora) |
| Lancha de 8 m con cabina y dos fuerabordas de 150 kW | Capacidad de 300 × 0,3 = 90B: 3 de 34B, que cubren también el de la eslora |
| Yate de 12 m con dos motores interiores diésel de 150 kW en la misma sala | 1 por eslora + 3 por el motor (90B) = 4 de 34B |
Ejemplos calculados por nosotros con las tablas del artículo 15; ante cualquier duda, manda el manual del barco o tu inspección. Si el motor interior es de gasolina y el barco no tiene marcado CE (o se usa con fines comerciales), además hace falta un sistema fijo de extinción en el compartimento del motor (art. 16.2, lo explicamos más abajo), y con él basta un extintor portátil de 34B cerca de ese compartimento en lugar de los de la tabla del motor (art. 15.4).
Qué extintor sirve: 34B, 2 kg y la rueda de timón
El artículo 15 fija cómo debe ser cada extintor obligatorio:
- Eficacia mínima 34B. Un polvo ABC de 2 kg corriente la iguala o la supera: muchos ponen 13A 70B C o 13A 89B C (el Smartwares de 2 kg indica 13A 70B C) y algunos 8A 34B C, justo el mínimo. Míralo en la etiqueta.
- Al menos 2 kg de polvo seco, «o cantidad equivalente de otro agente extintor» (art. 15.5). Los de 1 kg no valen para cumplir.
- Certificado según el Real Decreto 701/2016, el de los equipos marinos (art. 15.8). Es el que lleva la marca de la rueda de timón (art. 8 de ese real decreto) en la etiqueta. También valen los certificados para botes salvavidas o de rescate. La homologación EN 3 de un extintor de casa o de coche no basta.
- A mano: en lugares de fácil acceso y uno de ellos alcanzable sin dificultad desde el puesto de gobierno.
- Si el barco tiene una instalación eléctrica de más de 50 voltios o propulsión eléctrica, al menos uno debe ser apto para fuegos con electricidad (art. 15.6). Si los motores usan GLP, al menos uno apto para fuegos de gases, de clase C (art. 15.7). Un polvo ABC cumple las dos cosas si su etiqueta lo indica.
Lo que no dice la norma pero sí la experiencia: el salitre oxida las botellas de acero y los soportes. Un cuerpo de aluminio y un soporte de acero inoxidable duran mucho más; y conviene mirar el manómetro antes de cada salida.
Si tu barco tiene marcado CE y el manual pide extintores, lleva los que diga el manual. El artículo 15.8 habla de «todos los extintores», así que la certificación de equipos marinos es lo prudente también en ese caso.
Revisiones, caducidad y multas
Los extintores del barco pasan las mismas revisiones que los de tierra, porque el artículo 15.9 remite al artículo 21 del reglamento de protección contra incendios (RIPCI): comprobación cada 3 meses que haces tú (en su sitio, precinto puesto, manómetro en verde, sin golpes ni óxido), mantenimiento anual por una empresa mantenedora, retimbrado cada 5 años y retirada a los 20. Lo explicamos en cuándo caduca un extintor.
| Infracción (RD 339/2021, arts. 24 y 25) | Multa |
|---|---|
| No llevar un extintor portátil obligatorio, o que no funcione | 300 a 400 € por extintor |
| Llevarlo con la revisión o la caducidad pasadas | 300 a 400 € por extintor |
| No facilitar el manual del barco cuando lo piden para comprobar los extintores | 1.500 a 2.000 € |
| Facilitarlo de forma incorrecta o fuera del plazo de diez días | 200 a 300 € |
Si tus extintores se instalaron cuando regía la Orden FOM/1144/2003, siguen valiendo en ese barco (disposición adicional segunda), pero sus revisiones ya siguen las reglas nuevas, y no se pueden pasar a otro barco.
Motor de gasolina, cocina de gas y otros equipos contra incendios
- Sistema fijo en el motor (art. 16): los barcos sin marcado CE y los de uso comercial con motores de gasolina (combustible del grupo 1.º) o de GLP deben tener en el compartimento del motor un sistema fijo de extinción que se dispare sin abrir la tapa (norma UNE-EN ISO 9094). Si el motor está en un cajón sobre cubierta, valen extintores portátiles que descarguen por una abertura. Los barcos con marcado CE, lo que diga el manual.
- Detector de gas (art. 17): si el barco tiene una instalación de gas, aunque sea solo la cocina, total o parcialmente dentro del casco, debe llevar un sistema de detección de gases con alarma luminosa y sonora. No recomendamos ningún modelo concreto: los de 12 V que hemos visto a la venta no indican norma ni ensayo; para esto, mejor un instalador náutico.
- Ventilación (art. 18): los compartimentos con motor o depósito de gasolina de los barcos sin marcado CE necesitan ventilación (forzada si el arranque es eléctrico), y la placa que recuerda ventilar 4 minutos antes de arrancar.
Qué recomendamos y qué no hemos encontrado
Revisado en Amazon.es el 5 de noviembre de 2026. Buscamos un extintor de 2 kg cuyo anuncio declare la certificación de equipos marinos (MED o rueda de timón) y no encontramos ninguno: los de 2 kg que se anuncian «para barco» son extintores de casa o de coche con homologación EN 3, y uno dice tener un reconocimiento del registro naval italiano (RINA) sin mencionar la certificación marina europea. No los recomendamos para cumplir la norma. Para el extintor obligatorio, cómpralo en una tienda náutica o en una empresa de extintores y comprueba la rueda de timón en la etiqueta antes de pagar.
Lo que sí tiene sentido comprar aquí:
| Modelo | Tipo | Carga | Eficacia | Gama | |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 kg aluminio RINA/MED Aluminio y homologación marina (MED) según el anuncio, pero de 1 kg: de refuerzo o para un barco que no está obligado | Polvo ABC | 1 kg | 8A 34B C | Media | Ver precio › |
| ELRO manta 1,2 × 1,2 m Para la cocina de a bordo: manta de 1,2 × 1,2 m (EN 1869) | Manta ignífuga | 1,2 × 1,2 m | — | Económica | Ver precio › |
En calidad de Afiliado de Amazon, obtengo ingresos por las compras adscritas que cumplen los requisitos aplicables. «—»: el anuncio no indica la eficacia. Gama orientativa; precio y disponibilidad, en Amazon.
Para la cocina de a bordo: manta de 1,2 × 1,2 m (EN 1869)
ELRO FB1212H manta ignífuga 1,2 × 1,2 m en caja rígida (EN 1869)

Para quién: Para la cocina si usas sartenes grandes, paelleras o una freidora: cubre más superficie que las de 1 × 1 m y la caja rígida aguanta mejor colgada años junto a la cocina.
| Tipo | Manta ignífuga |
|---|---|
| Carga | 1,2 × 1,2 m |
| Clases de fuego | Fuegos pequeños, sartenes con aceite |
| Eficacia | El anuncio no la indica |
| Gama de precio | Económica |
| Norma que cita | EN 1869 |
| Material | fibra de vidrio |
| Funda | caja de plástico rígido para colgar |
A favor
- Cita la norma EN 1869
- 1,2 × 1,2 m: margen para tapar una sartén grande o una freidora
- La caja rígida protege la manta del polvo y la grasa
En contra
- Más voluminosa que las de bolsa
- Solo para fuegos que empiezan
- El anuncio no indica la fecha de caducidad: mírala al recibirla
El de 1 kg con homologación marina es útil como segundo extintor (en el camarote o junto a la cocina) o en una barca que no está obligada a llevarlo; no cuenta como el obligatorio porque no llega a 2 kg. La manta ignífuga es lo más rápido para una sartén con aceite en la cocina de a bordo.
Si hay fuego a bordo
Antes que nada: si el fuego es más grande que una papelera, hay humo negro que baja del techo o no tienes una salida a tu espalda, no lo intentes. Sal, cierra la puerta y llama al 112.
- Para el motor y corta el combustible y el gas. Pon a todos con el chaleco puesto.
- Pide ayuda: canal 16 de VHF, el 112 o Salvamento Marítimo en el 900 202 202.
- Si arde el compartimento del motor, no abras la tapa del todo: entra aire y el fuego crece. Si no hay sistema fijo, descarga el extintor por una rendija o por la abertura prevista.
- Apunta a la base de las llamas y con el viento a tu espalda; así lo explicamos en cómo usar un extintor.
- Si el fuego no se apaga con el primer extintor, prepárate para abandonar el barco: la balsa o el agua con chaleco son más seguras que un casco ardiendo.
¿Lo que buscabas era el remolque que lleva el barco por carretera? Un coche con remolque forma un conjunto de vehículos y sí está obligado a llevar extintor: lo explicamos en extintor para el coche.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos extintores tiene que llevar un barco en zona 4, 5 o 6?
¿Qué extintor es obligatorio en un barco?
¿Sirve un extintor de 1 kg para el barco?
¿Cada cuánto hay que revisar el extintor del barco?
¿Cuál es la multa por no llevar extintor en el barco?
¿Necesita extintor una moto de agua o un kayak?
Fuentes
- Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo (texto consolidado, BOE): arts. 1 a 3, 14 a 17, 24 y 25 y disposición adicional segunda
- Real Decreto 701/2016, de 23 de diciembre, requisitos de los equipos marinos destinados a ser embarcados en los buques (BOE): art. 8, marca de la rueda de timón
- Real Decreto 513/2017, Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI): art. 21 y anexo II (revisiones de los extintores)
