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Extintores en una comunidad de vecinos: cuándo son obligatorios, cuántos, la revisión y quién paga

Responsable: Salvador Falomir · Revisado el 5 de noviembre de 2026 · Productos comprobados en Amazon.es ese día

En resumen: sí, en las zonas comunes de un edificio de viviendas los extintores son obligatorios: en cada planta, uno de eficacia 21A-113B a 15 metros como máximo, y los necesarios en el garaje para que desde cualquier plaza no haya más de 15 metros hasta uno. Se revisan cada 3 meses (puede hacerlo el presidente o el conserje), cada año y cada 5 años (empresa mantenedora), y se retiran a los 20 años. Lo paga la comunidad según la cuota, sin necesidad de acuerdo de la junta. Dentro de tu piso, el extintor es voluntario.

Dónde son obligatorios en un edificio de viviendas

La regla está en el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio, sección SI 4, tabla 1.1. Para cualquier edificio («En general») pide extintores portátiles de eficacia 21A-113B:

La clave está en qué es un «origen de evacuación». El propio CTE (anejo SI A) lo define como «todo punto ocupable de un edificio, exceptuando los del interior de las viviendas». Por eso el extintor no es obligatorio dentro de tu piso, pero sí en el rellano: desde la puerta de cada vivienda tiene que haber uno a 15 metros andando. En un bloque normal, eso suele traducirse en uno por planta, en el rellano o junto a la escalera.

Las zonas de riesgo especial de una comunidad

La tabla 2.1 de la sección SI 1 clasifica como locales de riesgo especial, entre otros, estos espacios habituales en un edificio de viviendas. Cada uno necesita su extintor junto a la puerta:

LocalCuándo es de riesgo especial
Cuarto de contadores de electricidad y cuadros generalesSiempre
Sala de máquinas del ascensorSiempre
Garaje pequeño (100 m² o menos)Siempre
Sala de calderas de la calefacción centralSi pasa de 70 kW de potencia útil
Trasteros (en edificios de viviendas)Si la zona de trasteros pasa de 50 m²
Cuarto de basurasSi pasa de 5 m²

Fuente: CTE DB SI, sección SI 1, tabla 2.1, y sección SI 4, tabla 1.1 y su nota (1).

El garaje comunitario

Un garaje de más de 100 m² es, para el CTE, «uso Aparcamiento» (anejo SI A), y todo él cuenta como origen de evacuación. La regla es la misma de los 15 metros, pero aplicada a toda la superficie: desde cualquier plaza o rampa, el recorrido real hasta un extintor no puede pasar de 15 metros. El RIPCI lo repite en su anexo I, apartado 4: «el recorrido máximo horizontal, desde cualquier punto del sector de incendio [...] hasta el extintor, no supere 15 m».

En la práctica son varios extintores por planta, repartidos por las calles de circulación y cerca de las salidas. El número exacto sale del proyecto del edificio; si tu garaje tiene zonas sin un extintor cerca, coméntalo en la junta o a la empresa mantenedora.

Según el tamaño, el CTE pide además otras instalaciones en el garaje (SI 4, tabla 1.1, uso Aparcamiento):

Superficie construida del garajeQué más necesita
Hasta 500 m²Extintores (y, si no pasa de 100 m², se trata como local de riesgo especial)
Más de 500 m²Bocas de incendio equipadas y sistema de detección de incendio
Más de 1.000 m²Además, hidrante exterior (puede contar uno de la calle a menos de 100 m)

Cómo tienen que estar colocados

El RIPCI (anexo I, sección 1.ª, apartado 4) dice que los extintores deben estar:

Si en tu escalera hay un extintor tirado en el suelo, tapado por bicis o detrás de una puerta cerrada, no cumple.

La revisión: cada 3 meses, cada año y cada 5 años

El artículo 21 del RIPCI obliga a mantener los equipos de protección contra incendios según su anexo II. Para los extintores, eso es:

CadaQué se haceQuién
3 mesesQue estén en su sitio, sin daños, visibles y señalizados, sin el acceso tapado, con las instrucciones legibles, el manómetro en la zona verde y los precintos puestosUna empresa mantenedora o el propio titular: el presidente, el administrador o el conserje (tabla I)
1 añoMantenimiento según el «Programa de Mantenimiento Anual» de la norma UNE 23120Empresa mantenedora (tabla II)
5 añosPrueba de presión (retimbrado), según el Reglamento de Equipos a PresiónEmpresa mantenedora (tabla II)
20 añosFin de la vida del extintor: solo admite tres retimbradosSe sustituye

Dos detalles que conviene saber en la junta:

Los edificios antiguos no se libran: la disposición transitoria segunda del RIPCI aplica las reglas de mantenimiento a los equipos instalados antes de 2017. Otra cosa es la cantidad de extintores: un edificio anterior al CTE no tiene que añadir los que pide hoy salvo que se reforme (DB SI, introducción, apartado III).

¿Y la inspección de un organismo de control cada diez años del artículo 22? No afecta a las zonas de uso residencial vivienda ni a los garajes de menos de 500 m², siempre que no haya locales de riesgo especial alto ni almacenes. Un garaje comunitario más grande sí puede necesitarla: pregúntalo a la empresa mantenedora.

Todo sobre fechas, etiquetas y qué hacer con un extintor viejo, en caducidad y revisiones.

Quién paga

La comunidad de propietarios. Los extintores de la escalera y del garaje son instalaciones comunes, y la Ley de Propiedad Horizontal obliga a cada propietario a contribuir «con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido» a los gastos generales del inmueble (art. 9.1.e).

Qué pasa si no se hace

El RIPCI (art. 23) remite a la Ley 21/1992, de Industria, para las infracciones y sanciones:

InfracciónQué dice la leyMulta máxima
Leve«La inadecuada conservación y mantenimiento de las instalaciones, cuando no constituya infracción grave o muy grave» (art. 31.3.e)60.000 €
Grave«La inadecuada conservación y mantenimiento de instalaciones si de ello puede resultar un peligro para las personas [...]» (art. 31.2.m), o no tener contrato de mantenimiento cuando es obligatorio (art. 31.2.d)6.000.000 €

Son máximos (art. 34.1): la cuantía la decide la consejería de industria de cada comunidad autónoma según el daño, la intencionalidad, la reincidencia y la capacidad económica (art. 34.2). Y el artículo 30.1 aclara que la multa va «sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden». Pero el problema de verdad no es la multa: un extintor sin presión no apaga nada el día que arde una moto en el garaje.

Lo que puedes hacer tú como vecino

Si quieres uno para tu casa, tu trastero o tu coche

Los extintores de la comunidad están para las zonas comunes. Si quieres uno propio en tu piso, en un trastero cerrado o en el coche que aparcas en el garaje, ese es tuyo, lo eliges tú y no necesita empresa. Para un trastero o junto a tu plaza, uno de polvo ABC de 6 kg con eficacia de 21A-113B o más (los mismos números que pide el CTE); para el coche, uno pequeño bien sujeto; y dentro de casa, mejor espuma (te lo explicamos en extintor para casa).

ModeloTipoCargaEficaciaGama
Ferretelix 6 kg ABC
6 kg ABC con eficacia 34A 233B C, soporte y manómetro
Polvo ABC6 kg34A 233B CMediaVer precio ›
SIE 6 kg ABC
Alternativa de 6 kg de un fabricante veterano
Polvo ABC6 kg27A 183B CMediaVer precio ›
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Espuma6 litros—AltaVer precio ›
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1

6 kg ABC con eficacia 34A 233B C, soporte y manómetro

Ferretelix extintor de polvo ABC 6 kg (34A 233B C), con soporte de pared

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Imagen del anuncio de Ferretelix

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Para quién: Para un garaje, una casa de campo, un local o las zonas comunes de un edificio: su eficacia (34A 233B) supera con margen el mínimo de 21A 113B que pide el Código Técnico.

TipoPolvo ABC
Carga6 kg
Clases de fuegoA, B, C
Eficacia34A 233B C
Gama de precioMedia
Incluyesoporte de pared y manómetro
Fabricación2026, según el anuncio

A favor

  • Eficacia alta, indicada en el anuncio: 34A 233B C
  • Manómetro para ver de un vistazo si tiene presión
  • Fabricación reciente: los cinco años hasta el primer retimbrado empiezan ahora

En contra

  • Un 6 kg lleno pesa bastante: a una persona mayor le puede costar manejarlo
  • El polvo lo ensucia todo y estropea aparatos electrónicos
  • Exagerado para la cocina de un piso

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2

Alternativa de 6 kg de un fabricante veterano

SIE extintor de polvo ABC 6 kg homologado (27A 183B C), con soporte

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Imagen del anuncio de SIE

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Para quién: Para quien prefiere un fabricante de extintores con años en el mercado; es el único de la selección de 2023 que sigue a la venta.

TipoPolvo ABC
Carga6 kg
Clases de fuegoA, B, C
Eficacia27A 183B C
Gama de precioMedia
Incluyesoporte de pared
Uso que indicacasa, oficina, nave, caravana, restaurante o camión

A favor

  • Eficacia 27A 183B C, por encima del mínimo de 21A 113B
  • Lleva años a la venta con buenas opiniones
  • Incluye soporte

En contra

  • Algo más caro que otros de 6 kg
  • El anuncio no indica el año de fabricación: míralo en la etiqueta al recibirlo
  • Polvo: deja mucha suciedad

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio tener extintores en una comunidad de vecinos?
Sí, en las zonas comunes. El Código Técnico de la Edificación (DB SI 4, tabla 1.1) exige en todo edificio extintores de eficacia 21A-113B, de modo que en cada planta haya uno a 15 metros como máximo de recorrido desde todo «origen de evacuación», y además en las zonas de riesgo especial (cuarto de contadores, sala de máquinas del ascensor, garaje pequeño…). El interior de las viviendas queda fuera: el extintor de tu piso es voluntario.
¿Cuántos extintores tiene que haber en un garaje comunitario?
Los necesarios para que desde cualquier punto del garaje no haya que andar más de 15 metros hasta uno (CTE DB SI 4, tabla 1.1, y RIPCI, anexo I, apartado 4). En la práctica son varios por planta, repartidos por las calles de circulación y cerca de las salidas. El número exacto lo fija el proyecto del edificio; si el garaje pasa de 500 m², además necesita bocas de incendio y detección automática.
¿Cada cuánto se revisan los extintores de la comunidad?
Cada tres meses, una comprobación visual que puede hacer el propio titular (el presidente, el conserje o la empresa); cada año, el mantenimiento de una empresa mantenedora según la norma UNE 23120; y cada cinco años, la prueba de presión o retimbrado. A los 20 años se retiran. Lo manda el anexo II del RIPCI (Real Decreto 513/2017).
¿Quién paga la revisión de los extintores de la comunidad?
La comunidad, como un gasto general que se reparte según la cuota de participación o lo que digan los estatutos (Ley de Propiedad Horizontal, art. 9.1.e). Si los estatutos reparten los gastos del garaje solo entre los dueños de plazas, o el garaje es una comunidad aparte, pagan ellos. No hace falta acuerdo de la junta: el artículo 10.1.a la considera obligatoria por ser de seguridad.
¿Qué pasa si la comunidad no revisa los extintores?
Es una infracción de la Ley de Industria: leve por «inadecuada conservación y mantenimiento de las instalaciones», con multa de hasta 60.000 euros, o grave si de ello puede resultar un peligro para las personas, hasta 6.000.000 de euros (Ley 21/1992, arts. 31 y 34; RIPCI, art. 23). La cuantía la fija la comunidad autónoma según el daño y las circunstancias. Y, sobre todo, un extintor sin revisar puede no funcionar el día que haga falta.
¿Puede un vecino comprar y colgar el extintor de la escalera?
En general, no. El RIPCI (art. 9.2.a) dice que los extintores los colocan empresas instaladoras o mantenedoras; solo puede hacerlo el usuario si el establecimiento no pasa de 100 m² o es una vivienda unifamiliar. Lo práctico es que la empresa mantenedora de la comunidad suministre y coloque los que falten.

Fuentes